El gobernador Omar Perotti dio a conocer este viernes, las nuevas medidas de convivencia que regirán a partir de este sábado en la provincia de Santa Fe, oportunidad en la cual afirmó que “el esfuerzo hecho hasta aquí nos muestra una leve mejoría, pero de no continuar con este tipo de medidas podríamos poner en riesgo todo lo logrado”.

Sábado 12 y domingo 13
Este fin de semana continúa vigente la restricción a la circulación vehicular en toda la provincia. Sólo podrán circular quienes cumplan actividades autorizadas o esenciales dispuestas en el DNU del Poder Ejecutivo Nacional, y quienes estén debidamente justificados por una situación de fuerza mayor (asistencia médica, turno de vacunación, cuidado de personas).
Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial Coronavirus Santa Fe o la app Covid19-AR.
Actividades comerciales autorizadas de 6 a 18:
- supermercados mayoristas y minoristas
- comercios de proximidad de venta de alimentos e higiene personal y limpieza
- farmacias
- ferreterías
- veterinarias
- provisión de garrafas
Con factor de ocupación de la superficie destinada a atención del público que no supere el treinta por ciento (30%).
Actividades gastronómicas
Los locales gastronómicos deberán desarrollar la actividad sin la concurrencia de comensales y sólo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.
Actividades sociales y familiares
Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre de quienes no convivan en el mismo domicilio.

Desde el lunes 14 hasta el viernes 25 inclusive
Restricción a la Circulación Vehicular
En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs. A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.
Quedan exceptuados de la restricción: quienes cumplan con su actividad laboral, quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

Comercio Mayorista y Comercio Minorista (venta de mercaderías / con atención al público)
Se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las 19 horas.
El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Actividades comerciales
Queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería; cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas (19hs).

Actividades gastronómicas
Los bares, restaurantes y otros comercios del rubro gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs.

Actividades religiosas
Se habilitan las actividades religiosas al aire libre sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.

Actividades recreativas
Sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines.
Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.

Actividades sociales y familiares
Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados.
Teletrabajo (Personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas)
Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.

Actividades suspendidas
Suspensión de las siguientes actividades
-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
-Actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
-Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
-Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.