El Ejecutivo municipal envió al Concejo dos proyectos de ordenanza para estimular el cumplimiento de las obligaciones por Derecho de Registro e Inspección (DRI) y lo hizo por una doble vía: con un régimen de regularización y facilidades y mediante un incentivo a los contribuyentes cumplidores.
El secretario de Desarrollo Económico, Fabio Fernández, explicó ante la prensa que “son anuncios que todavía no habían sido implementados; por eso hoy estamos mandando al Concejo dos mensajes que incluyen un plan de facilidades para regularizar deudas con atrasos en el DRI y otro proyecto que fue presentado también en el Centro Comercial e Industrial, por pedido del intendente José Freyre, para tener un reconocimiento con aquellos comercios y empresas que han mantenido al día sus obligaciones en el mismo tributo”.
Luego detalló que “el Concejo va a recibir estos dos proyectos, el plan de facilidades es por deudas vencidas -hasta julio del 2019- que contempla quita sobre intereses en un esquema que puede ser de contado o en plazo (ver Formas de Pago), le ponemos un valor mínimo de cuota de 1.500 pesos y ahí entran absolutamente todas las deudas, las que ya están con convenios, las que están en situación judicial y aquellas que están con atraso pero que no han pasado a Legales”.

Grandes superficies
Por otra parte, Fernández recordó que “en 2016 implementamos un plan de facilidades abocado a resolver una situación que tenía que ver con un segmento de la actividad comercial, las grandes superficies comerciales; nosotros teníamos en ese momento alícuotas diferenciales para algunos segmentos de actividades como eran las grandes superficies, pero nos apartamos de ese esquema y presentamos un proyecto que fue la tributación de acuerdo a los ingresos -sistema progresivo- para resolver las deudas que habían quedado de esa parte de la actividad comercial; por eso, todas esas deudas que quedaron en planes que aún se están pagando, no entran en este nuevo plan de facilidades”.

Para los cumplidores
Por otro lado, el proyecto de reconocimiento a contribuyentes cumplidores del DRI (mensaje 019-DE-2019) da la opción de acceder a un crédito fiscal a deducir del tributo una vez por año en un periodo fiscal.
Ese crédito será un porcentaje (30 por ciento) calculado sobre el promedio mensual del DRI, incluyendo conceptos adicionales determinados durante al año inmediato anterior al uso de la opción. Para el caso del régimen simplificado, la bonificación es de una cuota por año.
Fernández aclaró que hay una serie de condiciones para acceso al crédito fiscal, como no haberse acogido a moratorias del DRI en los últimos cinco años; mantenerse al día en los pagos mensuales para optar por créditos fiscales futuros; estar al día en el caso de convenios comunes anteriores; y tener una antigüedad mínima de dos años como contribuyentes del DRI.
Quedarán excluidos de este beneficio los bancos, financieras y mutuales, ya que su espíritu apunta a estimular a los comercios y a las pequeñas y medianas empresas.

Incentivar la actividad
En tanto, el coordinador de Gabinete, Agustín Ferrer, confió que estos proyectos fueron informados en la reciente Mesa de Transición, ante los representantes del intendente electo, y acotó que además de resolver un problema impositivo de los contribuyentes, permite dotar de más recursos al Municipio.
“Venimos manteniendo reuniones con el Centro Comercial e Industrial, al cual agradecemos, y ellos nos hicieron ver que es importante incentivar a quien cumple con sus obligaciones tributarias en tiempo y forma. Queremos seguir trabajando en todo aquello que pueda funcionar como incentivo de la actividad comercial en nuestra ciudad”, remarcó Ferrer, en clara referencia al complejo escenario económico que atraviesa el país.

Formas de pago
El Régimen Especial de Presentación Espontánea y Facilidades de Pago (mensaje 018-DE-2019) establece tres formas de pago: contado, en seis cuotas y en 12 cuotas.
Pagando al contado, hasta un plazo de acogimiento dentro de los primeros 30 días hábiles de la puesta en marcha del Régimen, se accederá a un descuento del ciento por ciento sobre intereses, pero superado ese plazo la quita será del 90 por ciento.
Para el pago en seis cuotas, dentro de los primeros 30 días hábiles, el descuento será del 75 por ciento sobre intereses, pero superado ese periodo de acogimiento la quita alcanzará al 70 por ciento.
Finalmente, para un plan de 12 cuotas, las quitas sobre intereses serán de 50 y 45 por ciento, respectivamente, conforme los citados plazos de acogimiento.