La justicia de Venado Tuerto consideró legítimo el despido del superior jerárquico de una empresa que hostigó sexualmente a varias empleadas.
En los autos "Z. G. P. c/ Casino Melincue S.A. s/ demanda laboral c. pesos", la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto decretó la legitimidad del despido causado de un hombre que hostigó sexualmente a varias empleadas.
Los miembros del Tribunal rechazaron la demanda interpuesta por el despedido porque "no luce irracional ni antijurídica la conducta de la empleadora de despedir al actor por la denuncia concreta que hace una empleada, a quien su superior jerárquico viene persiguiendo y acosando sexualmente".
Los jueces avalaron la decisión de la empresa de despedir al demandado, ya que "es deber del empleador velar para que sus empleados trabajen en un clima de cordialidad, empatía y bienestar".
"Los hechos de acoso sexual nunca son unívocos ni van en una sola dirección, siendo característico de estas situaciones, además de la repetición de las conductas del acosador y la situación de subordinación del empleado acosado, la variación de la intensidad de los hostigamientos", explicaron los camaristas.
En este tipo de hechos, la situación fluctúa, va y viene, y la intervención de un tercero, en el caso, la advertencia patronal, suele calmar las aguas durante un tiempo, pero salvo que el acosador o el acosado dejen el trabajo, las conductas persecutorias terminan regresando. Por lo tanto, la decisión de la empresa resulta razonable y lógica.
"Despide al empleado por la denuncia concreta que hace B., a quien su superior jerárquico viene persiguiendo, y le cree a ésta porque corrobora que existen de parte del actor conductas similares con otras empleadas", justificaron los magistrados Héctor Matias López, Juan Ignacio Prola y Federico Gustavo Bertram
Los magistrados señalaron que "resulta inadmisible el argumento del actor en orden a las cámaras de seguridad, ya que si bien éstas pueden registrar una situación de acoso, tal situación puede suceder de manera que no lo registren, o pueden existir situaciones de acoso en sitios donde éstas no llegan".
Los jueces avalaron la decisión de la empresa de despedir al demandado, ya que "es deber del empleador velar para que sus empleados trabajen en un clima de cordialidad, empatía y bienestar".

Fuente: Diario Judicial
El falló completo