El secretario de Gobierno, Jorge Lagna, hizo referencia al decreto del Ejecutivo municipal 084/18, que establece el esquema de procedimiento para las audiencias públicas no vinculantes, cuyo fundamento jurídico -tal lo indicado- es el artículo 42 de la Constitución Nacional, receptado a nivel local en la ordenanza 4859/16.
“Muy pocas personas leyeron el fallo de la jueza Celeste Rosso, que retrotrae la tarifa del servicio de energía eléctrica que brinda la Cooperativa Eléctrica (CEVT), fundamentada en el artículo 42 de la Constitución Nacional, incorporada en la reforma de 1994, que en el título ‘Nuevos derechos y garantías’ expresa que ‘los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a una información adecuada y veraz’”, señaló el secretario de Gobierno, Jorge Lagna, sosteniendo la vigencia de la ordenanza 4859/16, sobre la cual aclaró no necesita estar reglamentada, ya que se basa en un derecho de la Constitución, en tanto que la Corte Suprema sostiene que “las audiencias públicas constituyen una de las varias maneras de participación ciudadana en la toma de decisiones públicas. La participación de los usuarios, con carácter previo a la determinación de la tarifa, constituye un factor de previsibilidad, integrativo del derecho constitucional a una información adecuada y veraz (artículo 42 CN)”.
Por su parte, la ordenanza 4859/16, que establece el procedimiento de audiencia pública, otorga a las mismas un carácter “previo, obligatorio y no vinculante”, y faculta tanto al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), como al Concejo, a oficiar como autoridades convocantes. Dicho decreto fue presentado en la tarde de ayer en el Concejo por el propio Lagna.
Procedimientos
El secretario de Gobierno aclaró que este reglamento, que ya está a disposición del Concejo, abarca a todos los servicios públicos concesionados por la Municipalidad, los que al momento de plantear un incremento tarifario tienen que fundamentarlo, “ante esa situación se inicia un procedimiento que publicita la convocatoria, que será abierta a todos los venadenses que sean usuarios del servicio; para evitar desmadres se dará un orden para inscribirse y se establecerá si quiere hablar en la audiencia”.
Asimismo, se designará un presidente, con un Equipo de Implementación y un coordinador, quienes una vez finalizada la audiencia elevarán un informe al Concejo y al Ejecutivo sobre el desarrollo de la misma. Y con ese informe se elaborará un dictamen final en un plazo estipulado.
En otro tramo, Lagna aclaró que el dictamen es no vinculante, es decir que no obliga al poder concedente a acatar lo que se diagnostica en la audiencia, “es nada más que para asegurar el derecho a la información y participación de los usuarios. Por eso sostengo que hay políticos que por apresuramiento no le explican a la gente de qué se trata el fallo de la jueza Rosso, que refiere precisamente a eso: la defensa del derecho de los usuarios a participar y ser informados. No opina sobre las tarifas. En consecuencia, (en el marco del contrato de concesión vigente) la empresa puede aplicar un aumento igual, mayor o menor”, expuso con realismo.
El acuerdo
En otro tramo de sus declaraciones, Lagna dijo que “desde la Intendencia pedimos que esta sea una oportunidad definitiva para que la Comisión Redactora no sea una cáscara. Proponemos que se firme un acuerdo entre Ejecutivo, Concejo y la CEVT, se ponga un plazo a la Comisión Redactora y se deje de lado ese ‘contrato basura’ -del cual tengo autoridad para hablar porque como concejal voté en contra- y a partir del tiempo estipulado, que pueden ser seis meses, por ejemplo, se trabaje en el contrato que tendrá que ser válido y que la empresa acatará por un nuevo plazo de concesión que se evaluará cuál será, porque si no lo que la gente vaya a pensar sobre la dirigencia y sobre la Cooperativa no va a ser bueno, porque está cansada de problemas de confianza”.
Además, el secretario insistió en que el contrato anhelado debe centrarse en tres o cuatro ejes, con un ente regulador de tarifa y calidad de servicios, plan de obras y reglamento para reclamos, entre otros puntos.