Fue en el marco de un juicio oral y público que finalizó ayer en los tribunales de Venado Tuerto. Walter Fabián Mirabet fue condenado a 12 años de prisión como autor de abuso sexual con acceso carnal, mientras que a Jesica Nerea Godoy se le impuso una pena de nueve años de prisión como partícipe principal. El fiscal que investigó el hecho y que representó al MPA en el debate es Mauro Blanco.
Walter Fabián Mirabet de 34 años y Jesica Nerea Godoy de 31 fueron condenados por unanimidad a 12 y a nueve años de prisión, respectivamente, por delitos contra la integridad sexual de la hija menor de edad de la mujer, cometidos en 2017 en Venado Tuerto. Así fue resuelto en el marco de un juicio oral y público por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Adrián Godoy (presidente), Lorena Garini y Leandro Martín.
El fiscal que investigó los hechos es Mauro Blanco, quien también representó al MPA en el debate oral y público que finalizó ayer con la condena. “Mirabet fue hallado penalmente responsable de la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal, mientras que Godoy fue condenada como partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal”, precisó Blanco.
“Aguardaremos los fundamentos de la decisión que tomó el tribunal, y luego analizaremos los pasos a seguir”, sostuvo el fiscal. “Los magistrados resolvieron condenar a las dos personas –que eran pareja–, aunque no lo hicieron con las agravantes que habíamos planteado en la acusación. De todos modos, entendemos que es una sentencia razonable y muy importante, no sólo porque se trata de penas elevadas, sino también porque se logró la condena de la madre de la menor, que fue quien permitió que se consumaran los abusos”, agregó Blanco.
En la casa de los condenados
“La niña vivía con su abuela y los ilícitos fueron cometidos en la casa en la que convivía su madre con el hombre que era su pareja”, aclaró el fiscal. “La mujer llevó a su propia hija al lugar diciéndole que tenían que ir al hospital”, indicó Blanco.
“La condenada sabía que en la vivienda estaba su pareja y que tenía intenciones de abusar sexualmente de la menor. Por ese motivo, la dejó a la adolescente sola con Mirabet”, recordó el funcionario del MPA.
Agravantes
En cuanto a la pena y a la calificación de los hechos, el fiscal aclaró que “había solicitado para ambos el agravante de la convivencia y la guarda”. En tal sentido, explicó que “si bien la abuela de la niña tenía la guarda y vivía con ella, los fines de semana la menor estaba a cargo de los condenados”.
El funcionario del MPA recordó que “también habíamos acusado a los dos condenados por otro hecho de abuso sexual, aunque fueron condenados sólo por uno. Además, les habíamos atribuido la autoría de amenazas coactivas pero los jueces tampoco la incluyeron en la calificación de los hechos”. Por último, Blanco reiteró que “esperaremos los fundamentos del veredicto para analizar los pasos a seguir”.