Se trata de Germán Rodrigo Matter, de 50 años, a quien se le impuso una pena a tres años de prisión condicional y una multa de casi 24 millones de pesos. Además fue inhabilitado de forma perpetua para ejercer cargos públicos. No pudo justificar su participación en un fideicomiso inmobiliario y la compra de 20 vehículos, cuatro lotes y una remisería. También se lo condenó por la portación indebida de un arma de fuego y la tenencia ilegítima de una granada de mano. La investigación fue realizada por el fiscal Eduardo Lago.
Un policía que integraba la Brigada Operativa de Drogas Peligrosas del departamento San Lorenzo fue condenado por enriquecimiento ilícito. Se trata de Germán Rodrigo Matter, de 50 años. Se le impusieron tres años de prisión condicional y una multa de 23.518.310 pesos.
Además, Matter fue inhabilitado de manera perpetua para ejercer todo tipo de cargo o función pública y se le prohibió tanto la tenencia como la portación de armas de fuego por seis años. A su vez, tendrá que cumplir normas de conducta, entre las que está acreditar mensualmente el arraigo y su situación laboral.
La sentencia fue dispuesta por la jueza Paula Borrello, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales venadenses.
El fiscal que estuvo a cargo de la investigación es Eduardo Lago, quien informó que "Matter también está imputado en otro legajo penal que tramita en la Fiscalía Regional 3 por amenazas y daño".

Incremento patrimonial
Lago indicó que "el condenado incrementó notablemente su patrimonio entre 2013 y 2019, mediante movimientos de fondos imposibles de justificar con el sueldo de un agente policial", y aclaró que "Matter no tiene ninguna otra actividad laboral registrada y la situación tampoco se condice con el poder adquisitivo de su grupo familiar".
El fiscal señaló que "el enriquecimiento ilícito fue detectado por la Dirección Provincial de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad de la provincia en diciembre de 2019", y agregó que "a partir de ello, desde el MPA llevamos adelante diferentes diligencias para esclarecer lo que sucedía".
El funcionario del MPA precisó que "entre las transacciones que el condenado realizó por montos de dinero mayores a sus ingresos están las compras de 20 vehículos (camionetas, automóviles y motocicletas)". Afirmó que "él era titular de algunos de esos rodados y los demás estaban a nombre de su padre, su madre y su hermano, de quienes es apoderado", y detalló que "tenía la documentación necesaria para conducir las unidades que estaban registradas a nombre de otras personas”.
Asimismo, Lago sostuvo que "Matter adquirió tres lotes en Venado Tuerto y uno en San Lorenzo", y especificó que "dos los registró a su nombre, otro a nombre del padre y el cuarto a nombre de su madre". También expuso que "el condenado compró la llave de una remisería venadense y participó de un fideicomiso inmobiliario relativo a una edificación sanlorencina".
Por otro lado, puntualizó que "en el marco de un allanamiento que tuvo lugar en la vivienda del condenado, se le secuestraron 14.500 dólares en efectivo, cuya procedencia tampoco pudo justificar".

Pistola y granada
El fiscal refirió que "en el operativo policial en el que se encontraron los dólares, los miembros de la fuerza de seguridad advirtieron que, sin la debida autorización, el condenado llevaba consigo una pistola semiautomática calibre 22, con cargador colocado y nueve municiones".
En tanto, aseveró que "durante el allanamiento, se halló una granada de mano que Matter tenía en su poder", y explicitó que "tras ser peritado, ese artefacto explosivo de uso militar fue neutralizado mediante una detonación controlada".

Responsabilidad penal
Matter reconoció su responsabilidad penal como autor de enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, portación de arma de uso civil sin autorización y tenencia de materiales explosivos.
Junto con su abogado defensor, el condenado aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.